Extraído de: Finanzas Digital
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria publicó a través de redes sociales los requisitos para tramitar el RIF para personas naturales y jurídicas.
Personas naturales:
- Formulario de inscripción emitido por el sistema.
- Original y copia de Cédula de Identidad del Solicitante. En caso de ser domiciliado extranjero no domiciliado en el país presentar original y copia del pasaporte.
- Original y copia del documento probatorio del domicilio fiscal (Recibo o factura de Servicios Básicos, Contrato de Alquiler o cualquier otro documento que avale el domicilio).
- Documentos probatorios de las Cargas Familiares según sea el caso: • – Copia de la Cedula de Identidad. • – Original y copia de la Partida de Nacimiento donde se demuestre la filiación. • – Original y copia de Acta de Matrimonio o Constancia de Concubinato. • – Original y copia de la constancia de estudio o de incapacidad para el trabajo en los casos de descendientes mayores de edad y menores de 25 arios.
Personas jurídicas (sociedades mercantiles y civiles):
- Formulario de inscripción emitido por el sistema.
- Original y copia del Documento Constitutivo debidamente registrado y publicado (excepto para las sociedades civiles que no requieren publicación). O Original y copia de la última Acta de Asamblea.
- Original y copia del Poder del Representante Legal (sólo cuando su carácter no fuera acreditado en los estatutos sociales).
- Original y copia de la autorización de SUDEBAN (En los casos de Bancos o Instituciones Financieras).
- Original y copia del Documento Probatorio del domicilio fiscal (Recibo o factura de Servicios Básicos, Contrato de Alquiler o cualquier otro documento que avale el nuevo domicilio).
- Copia de la Cédula de Identidad del representante legal, socios y directivos.
El representante legal, los socios y directivos; deben encontrarse inscritos en el Registro Único de Información Fiscal R.I.F., con antelación al trámite de Inscripción de la Persona Jurídica (Sociedad Mercantiles y Civiles).